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    Sahagún / Conectividad / Balances y Estadísticas de Participación

     Modalidades de Control Social

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    Las diferentes modalidades de acuerdo al art 63 de la Ley 1757 de 2015 de hacer control social son:

    • Veedurías ciudadanas (Ley 850 de 2003)
    • Juntas de vigilancia (Ley 454 de 1988)
    • Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994)
    • Auditorías Ciudadanas
    • Otras instancias de participación ciudadana

    El control social busca a través de la vigilancia de la gestión pública, velar por la correcta inversión de los recursos públicos y garantizar la correcta gestión del servicio a la comunidad a través de la participación activa de los ciudadanos a lo largo del territorio nacional.

    Mediante la conformación de veedurías ciudadanas y Redes Departamentales de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, este año, el Ministerio del Interior a través de su Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, está consolidando, promoviendo y fomentando la participación por medio de jornadas de capacitación, prestando asistencia técnica a servidores públicos, comunidad en general, organizaciones de mujeres, jóvenes, campesinos, adultos mayores, personas con discapacidad, veedurías y redes de veedurías que buscan con su ejercicio y ejemplo fomentar la participación ciudadana en sus territorios.

    El Control social es la piedra angular de la participación ciudadana, y a través de este, se busca que la comunicación entre la ciudadanía y las instituciones sea constante y activa permitiendo así que el control social sea visto como el proceso fundamental de acompañamiento, garantía y transparencia en la lucha contra la corrupción. De igual forma, busca conseguir que las instituciones vean a los veedores como aliados directos en el cumplimiento de los objetivos de un Estado social de derecho igualitario y participativo.

     Ley 850 de 2003

    IMG-VEEDURIA-2024.jpgSe entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.

    Dicha vigilancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Constitución Política y el artículo 100 de la Ley 134 de 1994, se ejercerá en aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que en forma total o parcial, se empleen los recursos públicos, con sujeción a lo dispuesto en la presente ley.

    Los representantes legales de las entidades públicas o privadas encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público deberán por iniciativa propia, u obligatoriamente a solicitud de un ciudadano o de una organización civil informar a los ciudadanos y a las organizaciones civiles a través de un medio de amplia difusión en el respectivo nivel territorial, para que ejerza la vigilancia correspondiente.

      
      
      
      
    ACTA MESA DE TRABAJO EPS - VEEDURIAS - 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:25Kevin P
    AUDITORIA AUDIFARMA- ACOMPAÑAMIENTO VEEDURIA 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:26Kevin P
    AUDITORIA LOGIFARMA - ACOMPAÑAMIENTO VEEDURIA 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:26Kevin P
    CONFORMACION VEEDURIA 2024-2026.pdf
      
    21/11/2024 15:26Kevin P
    ELECCION VEEDOR ANTE EL CTSSS - 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:29Kevin P
    ELECCION VEEDOR ANTE EL CTSSS-1-2024.pdf
      
    21/11/2024 15:28Kevin P
    INFORME CAPACITACION SUPERSALUD 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:30Kevin P
    REUNION VEEDURIA EN SALUD 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:30Kevin P
    SOCIALIZACION PIC VEEDURIA 2024.pdf
      
    21/11/2024 15:25Kevin P

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